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Certificación Documentos y Radicación de Reglamentos

Certificaciones, Reglamentos, Notaría y Venta de Leyes

Servicios Específicos

La División de Certificaciones y Reglamentos ofrece los siguientes servicios:

  • Certificar las Leyes y Resoluciones Conjuntas aprobadas por la Asamblea Legislativa y firmadas por el Gobernador de Puerto Rico.
  • Registrar y expedir certificaciones de los reglamentos, normas y procedimientos de las agencias gubernamentales.
  • Registrar firma, signo, rúbrica y sello de los notarios públicos,  al igual que preparar los certificados de notarios públicos de acuerdo con la Ley Núm. 75 de 2 de julio de 1987.
  • Mantener un registro de firmas y sellos oficiales de funcionarios gubernamentales.

¿Cómo se solicita copia de alguna ley o reglamento?

El procedimiento es el siguiente:

  • Solicitar el documento en la División de Certificaciones y Reglamentos ubicada en el Primer Piso del Edificio Real Intendencia en Viejo San Juan (frente a la Plaza de Armas).
  • Las copias de las leyes y resoluciones tienen un costo de un dólar ($1.00) por página. Si se requiere que la copia de la ley o resolución sea certificada, se cobrará tres dólares ($3.00) adicionales. La misma será certificada por la División de Certificaciones y Reglamentos. Los costos deberán ser provistos mediante sello de rentas internas código 5120.
  • Si se solicita el documento para uso de una agencia gubernamental, se enviará a la División de Certificaciones y Reglamentos la solicitud por escrito del Jefe de la Agencia que requiere el documento para uso oficial y libre de costo. La misma solicitarse por correo electrónico a rcortijo@estado.pr.gov y arodriguez@estado.pr.gov.

¿Qué debo hacer si necesito certificación de una ley o reglamento?

Se deberá dirigir a la Sección de Reglamentos ubicada en la División de Certificaciones y Reglamentos en el primer piso del Edificio de Real Intendencia y solicitar la certificación.

¿Cómo se registra la firma, signo, rúbrica y el sello de notario público?

El Tribunal Supremo de Puerto Rico le indicará la fecha y hora en la que se deberá dirigir a la División de Certificaciones y Reglamentos en el primer piso del Edificio Real Intendencia, con los siguientes documentos:

  • Copia de la Resolución emitida por el Tribunal Supremo, posterior a juramentación del notario, debidamente certificada
  • Sello Notarial
  • Sello de Rentas Internas de $5.00